




Descubre este camino con nosotros
Conoces el proceso de
adopcion en colombia?
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REQUISITOS
Ser plenamente capaz.
Tener mínimo 25 años cumplidos.
Demostrar la idoneidad física, mental, moral y social suficiente para ofrecerle una familia adecuada y estable a un menor de 18 años.
Tener al menos 15 años más que el adoptable.

El proceso se divide en tres etapas

1

Es un proceso administrativo en el que la familia interesada expresa oficialmente su deseo de adoptar, presenta los documentos y certificaciones necesarios, participa en la formación previa para la adopción, se somete a una evaluación exhaustiva por parte de un equipo psicosocial y, finalmente, un comité especializado decide si otorga o no la idoneidad para adoptar.
Etapa judicial

2
Es una fase judicial en la que un juez declara que el niño, la niña o el adolescente es legalmente hijo de sus padres adoptivos, según lo establecido por la ley.
Etapa administrativa
Etapa de seguimiento
3

La fase de monitoreo, en la que se verifica que el entorno del menor cumpla con las condiciones adecuadas.




Cada una de las etapas tiene detrás una historia, conoce el proceso de la mano de nuestros protagonistas.
Aquí te los presentamos


Pero... a travEs de CUALES instituciones se puede adoptar en Colombia?
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Existen dos maneras de realizar una adopción en el país: a través del Instituto de Bienestar Familiar (ICBF) o a través de las Instituciones Autorizadas para adelantar el programa de adopciones (IAPAS).
01.
ICBF

El proceso es gratuito, solo se deben cancelar los valores correspondientes al trámite legal.
02.
IAPAS





El proceso oscila entre 10 a 15 millones de pesos, más los valores correspondientes al trámite legal.

ETAPA ADMINISTRATIVA




ETAPA judicial




Esta etapa tiene 2 fases:
Radicación de la demanda de adopción y sentencia judicial.
¿cuales son los jueces encargados?
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En términos generales, el juez de familia del lugar de residencia de la persona o institución encargada del cuidado del niño, niña o adolescente es quien tiene la competencia para llevar el proceso judicial de adopción en primera instancia, conforme a lo establecido en el Artículo 124 de la Ley 1098 de 2006. Si el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) ordena un traslado, la competencia recaerá en el juez del domicilio del nuevo cuidador, que puede ser una persona, pareja casada o compañeros permanentes que aceptaron la asignación.
ETAPA de seguimiento




esta etapa es una unica fase
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Esta fase se lleva a cabo tras concluir el proceso judicial y es un requisito legal. Su propósito es realizar un seguimiento detallado a cada familia adoptiva para evaluar:
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El estado emocional del niño, niña o adolescente.
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La calidad de las relaciones entre el adoptado, sus padres y su familia extendida.
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Las condiciones de bienestar del menor, incluyendo certificaciones de salud y educación.
El seguimiento comienza a partir de la fecha en que la sentencia de adopción queda en firme. Asimismo, se toma como referencia la edad del menor al momento de emitirse la sentencia judicial.
En esta etapa es clave la evaluación del manejo de la adopción por parte de los padres adoptantes. Para muchos de ellos es importante la manera en la que le relatan al niño su origen. A continuación vemos cómo Johanna y Andres han decidido tratar el tema con su hijo.
Nota importante:
No hay una única forma de contar la historia de la adopción pero siempre se recomienda ser honestos con el origen del niño. ¡Tu eliges cómo hacerlo!












